Según establece el artículo 118 del Estatuto, si transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación –es decir, el 5 de julio–, ningún candidato hubiera obtenido la mayoría simple, el Parlamento quedará automáticamente disuelto y la presidenta de la Junta en funciones deberá convocar nuevas elecciones. El plazo de dos meses que marca el Estatuto finalizaría el 5 de julio y...
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