La JEC ordena sancionar a TV3 por “vulnerar la neutralidad informativa”: Al estimar el recurso, revoca el acuerdo que había adoptado la Junta Electoral Provincial de Barcelona "por entender que la cobertura informativa proporcionada" por la Corporación "vulneró los principios de pluralismo político y neutralidad informativa" que recoge la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en su artículo 66.
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